martes, 27 de octubre de 2009

SEGUNDO TRATADO SOBRE EL GOBIERNO CIVIL

A continuación te presento fragmentos de un resumen de la obra de Locke acompañados de algunas preguntas que deberás contestar en tus propias palabras, siguiendo el pensamiento del autor: John Locke
SEGUNDO TRATADO SOBRE EL GOBIERNO CIVIL

Resumen al Capítulo VII del Segundo Tratado del Gobierno Civil, John Locke
CAPITULO VII
DE LA SOCIEDAD POLÍTICA O CIVIL
Las ideas principales presentes en este capítulo son las siguientes:
1. Además, en la monarquía absoluta, el poder del monarca es ABSOLUTO y está por ENCIMA DE TODA LEY y circunstancia. Según Locke esto entra en contradicción con todo tipo de sociedad civil. Y es que sucede como si los hombres, una vez dejado el estado de naturaleza, acordaran que todos ellos, MENOS UNO, deben estar bajo las leyes; y que la única persona que no está sometida a ellas retiene toda la libertad propia del estado de naturaleza, y, además con impunidad. Es evidente que de tamaña contradicción, presente en las monarquías absolutas, los hombres acaban por darse cuenta, por lo que procuran protegerse, contra tal tipo de poder, buscando seguridad en la sociedad civil en donde la facultad de dictar leyes fuese depositada en manos de un cuerpo colectivo ( Parlamento, Senado ). A través de este proceso cada individuo, sin distinción, se haría súbdito, en igualdad con los demás, de las leyes que el poder legislativo establezca; pero de tal forma que NADIE podría hurtarse a la fuerza de las mismas para tener asi licencia y cometer toda clase de abusos. Y es que, según Locke, en una sociedad civil ningún hombre puede estar exento de las leyes que rigen.
1.- ¿Cómo refutaría John Locke el fuero?

Resumen al Capítulo XI del Segundo Tratado del Gobierno Civil, John Locke
CAPITULO XI
DEL ALCANCE DEL PODER LEGISLATIVO
Las ideas principales presentes en este capítulo son las siguientes:
1. Por último, Locke, resume, a modo de conclusión las CONDICIONES que le son impuestas a todo poder legislativo dentro del Estado. Esas condiciones son cuatro. A) La PRIMERA hace referencia a que el legislativo ha de promulgar leyes que sean IGUALES para todos y, por tanto, ser aplicadas igualmente al rico y al pobre, al favorito de la corte o al campesino. B) La SEGUNDA condición establece que las leyes deben tener como fin último la consecución del BIEN del pueblo. C) La TERCERA señala que las leyes no pueden permitir aumentar los impuestos sin el CONSENTIMIENTO del pueblo. D) Por último, la CUARTA nos dice que el poder legislativo no puede TRANSFERIR a nadie el poder de hacer las leyes ni depositarlo en un lugar diferente de aquel en el que el pueblo lo ha depositado.
2.- ¿Cuáles son las condiciones con que debe cumplir el poder legislativo?
Relaciónalas con la situación político económica en nuestro país.

Resumen al Capítulo XIII del Segundo Tratado del Gobierno Civil, John Locke
CAPÍTULO XIII
DE LA SUBORDINACIÓN DE LOS PODERES DEL ESTADO
Las ideas principales presentes en este capítulo son las siguientes:
Puede darse el caso, señala Locke, de que el EJECUTIVO resida en una SOLA PERSONA ya que, como hemos visto, el legislativo no está siempre en funciones. En esos casos podría aceptarse que demos a esa persona el nombre de SUPREMA. Ahora bien, ese nombre no quiere decir que tal persona tenga el poder supremo de las leyes sino únicamente el PODER SUPREMO DE EJECUCIÓN. De todos modos, como las leyes se hacen bajo su consentimiento se le podría denominar como persona suprema. Ahora bien, no se puede olvidar que tal persona no es SUPREMA LEGISLADORA sino SUPREMA EJECUTORA de la ley; y cuando abandona el cargo que se le ha encomendado, entonces se convierte en una simple persona privada con los derechos y deberes de cualquier miembro de la sociedad.
Locke afirma también que las cosas de este mundo están sometidas a un FLUJO CONSTANTE. Ello hace que, en los asuntos del Estado, nada permanezca por mucho tiempo del mismo modo. Todo ello hace que muchos asuntos referidos a los representantes elegidos por el pueblo puedan quedar obsoletos con el paso del tiempo. Y no hay cosa más absurda, señala Locke, que querer continuar apegándose a costumbres que han dejado de tener razón. Aunque muchos piensan, continúa diciendo Locke, que ninguna ley del legislativo puede ser alterada por un poder inferior y que el pueblo no tiene poder para actuar mientras el gobierno establecido continúe vigente, Locke, defiende el principio que establece: SALUS POPULI SUPREMA LEX, es decir, que todo aquello que es reconocido como ventajoso para la sociedad y para el pueblo, siempre estará justificado cuando se realice. Por consiguiente, si llega el momento en que el pueblo ve claramente que la sociedad necesita NUEVAS LEYES que vengan a suplir a las antiguas, no sería contradictorio, según Locke, que pudiera disolver el legislativo con el objeto de nombrar otro nuevo con el encargo de llevar a cabo tal tarea.
3.- ¿Puede el poder ejecutivo legislar, cuál es su función?
4.- ¿Quién debe decidir cuando se necesitan nuevas leyes?
5.- ¿Puede el pueblo disolver el poder legislativo y nombrar otro?

Resumen al Capítulo XIV del Segundo Tratado del Gobierno Civil, John Locke
CAPÍTULO XIV
DE LA PRERROGATIVA
Las ideas principales presentes en este capítulo son las siguientes:
1. Por último, Locke, plantea la cuestión de quien podría JUZGAR si se hacer un uso correcto o incorrecto del poder de la prerrogativa. Es evidente, responde, que no podría haber ningún juez sobre la tierra que intentase juzgar en relación el el poder ejecutivo en activo y un poder legislativo supremo que depende del primero para ejercer sus funciones. Ningún juez terrenal estaría por encima de esos dos poderes. Tampoco podría ser el pueblo ya que, tal juicio, sería una mera intención, que no serviría para nada, al estar el poder en otras manos. Nadie, en la tierra, puede, por tanto, asumir la función de juez en este asunto. Ahora bien, aunque el pueblo no puede ser juez en el sentido de poseer constitucionalmente un poder superior, si tiene, en virtud de una ley que anterior a todas las leyes, el derecho de juzgar si hay o no causa justa para dirigir una APELACIÓN A LOS CIELOS. Y es que, señala Locke, la ley natural no permite que el hombre se abandone a sí mismo hasta el punto de no mirar por su propia conservación. Por todo ello, cuando el pueblo experimente un uso abusivo del poder de la prerrogativa, no le queda más remedio, afirma Locke, que apelar a los cielos e iniciar una rebelión en toda regla.
6.-Ante el uso abusivo del poder, ¿qué camino le queda al pueblo?

Resumen al Capítulo XV del Segundo Tratado del Gobierno Civil, John Locke
CAPÍTULO XV
DE LOS PODERES PATERNAL, POLÍTICO Y DESPÓTICO CONSIDERADOS JUNTOS

Las ideas principales presentes en este capítulo son las siguientes:
1. En relación con el PODER POLÍTICO, Locke, afirma que es aquel que procede a partir de hombres, en estado de naturaleza, que deciden abandonar sus privilegios naturales y transferirlos a la sociedad. El objetivo de tal traspaso consiste en que la sociedad logre el bien común y la preservación de la propiedad, teniendo el poder de castigar los infringimientos de la ley. Y es que, según Locke, el fin del estado natural consistía en lograr la preservación de toda la sociedad, es decir, de la humanidad. Pues bien, este mismo fin tiene que seguir estando presente en la vida social cuando el poder natural pasa a manos de un magistrado: preservar la vida, la libertad y las posesiones de los miembros de la sociedad. Al mismo tiempo, el poder transmitido a la sociedad no es un poder absoluto y arbitrario ya que tiene su origen en un pacto o acuerdo, establecido por mutuo consentimiento, entre los que componen la comunidad para lograr, precisamente, lo contrario al ejercimiento de un poder absoluto.
2. Por último, Locke, afirma que si se considera el ORIGEN y el ALCANCE de estos tres tipos de poder (paternal, político y despótico) así como las DIFERENCIAS que existen entre ellos, se podrá comprobar lo siguiente: el PODER PATERNAL no alcanza al poder del magistrado; mientras que el PODER DESPÓTICO lo excede. También puede comprobarse que el dominio absoluto está tan lejos de se compatible con el PODER POLÍTICO como lo estarían la propiedad y la esclavitud. Resumiendo: el poder paternal sólo tiene lugar mientras la minoría de edad del hijo le incapacita para poder administrar su propiedad; el poder político tiene lugar allí donde hombres disponen de sus propiedad; el poder despótico es aquel que se ejerce sobre hombres que carecen absolutamente de propiedad.
7.- ¿Qué es lo contrario al poder absoluto?
8.- ¿Cuál es la diferencia entre el poder político y el poder despótico?

Resumen al Capítulo XVIII del Segundo Tratado del Gobierno Civil, John Locke
CAPÍTULO XVIII
DE LA TIRANÍA

Las ideas principales presentes en este capítulo son las siguientes:
Locke afirma que allí en donde TERMINA LA LEY EMPIEZA LA TIRANÍA. Todo aquel que excede el poder que da la ley y hace uso de la fuerza para imponer a sus súbditos cosas que la ley no permite, cesa de ser magistrado para convertirse en un tirano. En relación con esta cuestión, Locke, habla de MAGISTRADOS SUBALTERNOS y MAGISTRADOS SUPERIORES. Los primeros actúan como ladrones enviados por encargo de otro; los segundos son los que tiene grandes riquezas y poder y la utilizan directamente para ejercer la rapiña y la opresión. Locke afirma que ninguno de ellos actúa según derecho. Nadie puede exceder los límites de la autoridad, ni el gran ministro ni el pequeño funcionario; y la tiranía no puede justificarse ni en un rey ni en un alguacil.
En CUARTO LUGAR, si los actos ilegales de un magistrado no puede ser encausados a causa del poder que tal magistrado tiene de obstruir la labor de la justicia, ello no supone necesariamente un perturbación grave del gobierno ya que normalmente la injusticia afecta a algunos CASOS PARTICULARES, por lo que, aunque decidan enfrentarse mediante rebelión, ello no tendría porque afectar necesariamente a la gran mayoría del pueblo. De todos modos, Locke, señala que un Estado, en el que existen casos particulares de injusticia, corre el peligro de que el pueblo comience a sospechar de sus dirigentes. Y es que si comienza a advertirse que el gobierno promete una cosa y hace otra; que se utilizan continuamente artimañas para eludir la ley; que los ministros y magistrados subordinados del poder real cooperan para la consecución de malos fines, aunque estas actuaciones sean en principio aplicables a casos puntuales y las rebeliones provengan de lugares concretos, es muy lógico pensar que comiencen a extenderse para crear revueltas populares mayores.
9.- ¿Qué caracteriza la tiranía?
10.-¿Qué ocasiona las rebeliones populares?

Resumen al Capítulo XIX del Segundo Tratado del Gobierno Civil, John Locke
CAPÍTULO XIX
DE LA DISOLUCIÓN DEL GOBIERNO

Las ideas principales presentes en este capítulo son las siguientes:
Pero, además de esta causa externa, que hace que los gobiernos se disuelvan, existen también CAUSAS INTERNAS. La PRIMERA de esas causas internas se refiere a la descomposición del PODER LEGISLATIVO. Es evidente que el poder legislativo es aquel que realmente une a todos los miembros de la sociedad ya que se supone que ha sido establecido por la mayoría. Pues bien, cuando tal poder se rompe o disuelve, la disolución y la muerte del gobierno se siguen de ello. ¿Cómo puede llegarse, plantea Locke, a la descomposición del poder legislativo? Es evidente que tiene que deberse al MAL USO del poder que tienen los responsables de tal poder legislativo. Lo que sucede es que para saber quienes son los que ostentan tal poder se hace necesario averiguar bajo que FORMA DE GOBIERNO sucede la disolución. Para explicar mejor todo esto, Locke, nos pide que supongamos un poder legislativo en donde CONCURREN TRES PERSONAS: A) Una persona individual, con carácter hereditario, que tiene tanto el poder ejecutivo como el poder de convocar a los otros dos estamentos. B) Una asamblea de la nobleza. C) Una asamblea popular. Es evidente que si la persona que tiene el poder ejecutivo decide arbitrariamente IMPONER SU VOLUNTAD, en vez de ajustarse a las leyes, estaría cambiando de hecho el poder legislativo, ya que, al introducir nuevas leyes y decisiones propias estaría, de hecho, erigiendo un nuevo poder ejecutivo. Del mismo modo, cuando el Príncipe impide que la LEGISLATURA SE REUNA no solamente está impidiendo tal reunión sino también la LIBERTAD de debatir sin coacción las medidas que deberían tomarse para el bien de la sociedad. Por lo tanto, con este tipo de acción, también se estaría descomponiendo el poder legislativo y, de hecho, eliminado tal poder y poniendo fin al gobierno. Del mismo modo, cuando el poder arbitrario de un Príncipe decide alterar los SISTEMAS DE ELECCIÓN, actuando en contra de los intereses de la mayoría, también estaría haciendo sufrir una alteración al poder legislativo y, por tanto, poniendo fin a un gobierno. Por otro lado, cuando el Príncipe - o la legislatura que gobierna - decide entregar el pueblo a un PODER EXTRANJERO, también se estaría alterando el poder legislativo y, con ello, disolviendo el gobierno. Y es que uno de los fines de la vida social es el conservarse entera, libre e independiente.OTRA MANERA MÁS, en la que un gobierno puede disolverse, es cuando el que tiene el supremo poder ejecutivo descuida y ABANDONA EL CARGO, de tal modo que las leyes dejan de ponerse en ejecución. Y es que resulta evidente que cuando la administración de la justicia deja de asegurar los derechos de los hombres, está también dejando de funcionar el gobierno sobre el que se sustenta tal administración.En todos estos casos, señala Locke, en los que el gobierno queda disuelto, el PUEBLO es dejado en libertad para valerse por sí mismo y para erigir un nuevo poder legislativo. Y es que la sociedad nunca puede perder el derecho de preservarse a sí misma. De todos modos, señala Locke, lo mejor sería siempre PREVENIR y actuar antes de que el mal esté hecho ya que decirle al pueblo que puede protegerse mediante la erección de un nuevo poder legislativo cuando, por ejemplo, un poder extranjero ha invadido el país, es estarle engañando pues, muy posiblemente, ya será tarde debido a que el mal no tiene cura. En definitiva, sería lo mismo que decirle que, primero se hagan esclavos, y, después se ocupen en procurar la libertad. Jamás se está seguro de la tiranía, concluye Locke, si no se tienen los medios de PREVENIRLA.
11.- ¿Cómo se llega a la disolución del Poder Legislativo?
12.- Ante la disolución del poder Legislativo, ¿a qué tiene derecho el pueblo?

CAPÍTULO XIX
Locke señala que, en el análisis de la forma de gobierno anterior, la CAUSA de la disolución del gobierno debería ser achacada al PRINCIPE. Y es que es él quien tiene la fuerza y el poder para manipular, si quiere, a los funcionarios del Estado. Dado que el Príncipe se considera como el magistrado supremo, al que nadie puede controlar, podría aterrorizar o eliminar a todo aquel que se le oponga tildándole de enemigo del gobierno. En este contexto, por tanto, ningún MIEMBRO DE LA LEGISLATURA, ni el PUEBLO, tendrían realmente la capacidad de alterar el poder legislativo a no ser que utilicen una abierta y visible rebelión la cual suele producir efectos muy parecidos a cualquier conquista extranjera.
Existe en SEGUNDO LUGAR otra manera en que los gobiernos pueden disolverse y consiste en que el PODER LEGISLATIVO o el PRINCIPE - PODER EJECUTIVO SUPREMO - actúen contrariamente a la misión que se les ha encomendado. Cuando el PODER LEGISLATIVO actúa en contra de su misión está, de hecho, invadiendo la propiedad del súbdito e intentando convertirse en amo y señor de las vidas, libertades y fortunas del pueblo. No se puede olvidar, señala Locke, que los hombres han entrado en sociedad con el objeto de preservar su propiedad y, por ello, elijen a alguien con el objeto de que elabore leyes que la protejan. Pues bien, cuando el legislativo deja de cumplir esta misión está de hecho destruyendo lo que cada miembro de la sociedad quiso asegurar al haber entrado en ella. Por todo ello, siempre que los legisladores tratan de arrebatar y destruir la propiedad del pueblo están poniéndose a sí mismos en estado de guerra con el pueblo, el cual, desde ese momento, queda absuelto de prestar obediencia y libre para retornar a su estado original y de establecer un nuevo cuerpo legislativo. Por su parte, cuando el PODER EJECUTIVO SUPREMO actúa contrariamente a su misión la estaría contraviniendo doblemente ya que este poder está relacionado tanto con el poder legislativo como con la ejecución de las leyes. Y esta doble falta la puede cometer el Príncipe, tanto actuando arbitrariamente como cuando intenta controlar a los candidatos y a los electores, así como cuando amaña los sistemas de elección teniendo, con ello, asegurados los votos antes de llevar a cabo cualquier tipo de debate.
Hay quienes justifican el modo de actuar anterior a partir de la creencia de que el PUEBLO ES IGNORANTE y que, al estar siempre descontento, tendrá la tendencia a establecer continuamente nuevos poderes legislativos. Locke responde a esta objeción señalando que no es cierto que el pueblo tenga deseos de salir de sus viejas formas de gobierno sino que es muy tradicional en este aspecto. Locke afirma que normalmente el pueblo tiene una gran aversión a la hora de abandonar viejas constituciones y, pone como ejemplo, las revoluciones llevadas a cabo en Inglaterra, para señalar que el pueblo siempre ha sido partidario de sujetarse al viejo orden legislativo de rey, lores y comunes. Tampoco es cierto, continúa diciendo Locke, que la actitud del pueblo sea FERMENTO DE FRECUENTES REBELIONES ya que, cuando a éste se le hace sufrir, de modo continuo, abusos frecuentes, siempre acabará por rebelarse por mucho que se le diga que sus gobernantes son sagrados y descendientes del poder celestial. Además no es cierto, señala Locke, que las revoluciones populares se deban a causa de PEQUEÑOS ERRORES, ya que, incluso, los grandes errores son tolerados por el pueblo al estar predispuesto a pensar que van anejos a la fragilidad humana. Lo que sucede es que cuando tales errores se producen de MODO CONTINUO, llega un momento en que el pueblo toma conciencia de que se está en guerra contra él, por lo que no es de extrañar que se levante y trate de poner el gobierno en manos de quienes verdaderamente pueden garantizar sus fines. En definitiva, Locke, CONCLUYE lo tratado sobre esta cuestión de la actitud del pueblo, afirmando que la mejor defensa contra la rebelión es precisamente que el pueblo tenga el poder de procurarse su propia seguridad mediante el establecimiento de un nuevo poder legislativo. Y es que desde el momento en que el pueblo introduce leyes encaminadas a preservar la propiedad y la unidad mutuas, quienes usan de la fuerza para echar abajo esas leyes son los que realmente se están rebelando ( rebellare = hacer la guerra otra vez o volver a la guerra ), es decir, son los que están trayendo, de nuevo, el estado de guerra por lo que ellos serían los auténticos rebeldes. En definitiva, cuando los LEGISLADORES actúan contrariamente a su fin, son ellos, por tanto, los culpables de rebelión ya que están eliminando el poder legislativo y, consiguientemente, destruyendo la autoridad del pueblo e introduciendo un estado de guerra en contra suya.
13.- ¿Qué poder para manipular tiene el príncipe o el jefe de gobierno de un país?
14.- ¿Cómo se ponen los legisladores en estado de guerra contra el pueblo?
15.- ¿Qué doble falta puede cometer el príncipe o jefe de gobierno para imponer su voluntad?
16.- ¿Cómo contesta Locke a los que dicen que no se le debe dar poder a l pueblo porque es ignorante?

CAPÍTULO XIX
A continuación, Locke, señala que hay quienes dicen que sostener la DOCTRINA anterior no hace más que sembrar la semilla de la rebelión ya que se estaría instigando al pueblo a participar en guerras civiles y tumultos internos. Locke responde que si la doctrina que defiende, acerca de cual debería ser la actitud del pueblo, es inservible, entonces también debería ser inservible que hombres honestos pudieran oponerse a los ladrones y a los piratas ya que ello podría dar lugar a desórdenes y derramamientos de sangre. Si el pueblo inocente, señala Locke, estuviera obligado a no abrir la boca y aguantar lo que le echen, simplemente, para no romper la paz, Locke, pide que se considere que clase sería una paz que reposa en la violencia y en la rapiña. En este contexto, Locke, hace referencia a la CUEVA DE POLIFEMO para señalar, de modo irónico, que, defender esa posición, sería lo mismo que si Ulises pidiese a sus compañeros tranquilidad y obediencia pasiva ante Polifemo, con el argumento de que, aunque iban a ser devorados por él, lo importante era mantener un clima de paz por ser un ideal para el género humano.
Locke critica también a aquellos que critican el derecho popular a la rebelión basándose en que puede ser un SUBTERFUGIO para que algunos espíritus inquietos y turbulentos se aprovechen de la situación. Locke responde, en principio, que es este un miedo infundado ya que el pueblo, siempre que el malestar no llegue a ser insufrible, está más dispuesto a sufrir que a luchar por sus derechos, por lo que no está dispuesto nunca a sublevarse sin más porque alguien se lo pida. Después de señalar esto, Locke, no niega que la ambición causada por individuos particulares han producido grandes desordenes en las sociedades y, por ello, señala que todo el que actúa de ese modo es culpable del mayor crimen del que un hombre es capaz y que, por ello, habrá de responder por todas las desgracias, todos los derramamientos de sangre y toda la rapiña y la desolación que se han cometido por su culpa.
Locke aprovecha la ocasión de la cita sobre el pasaje de Barclay para analizar las DOS LIMITACIONES a las que éste hace referencia en relación con el derecho de resistencia popular: a) La resistencia debe hacerse con reverencia. b) La resistencia debe hacerse sin venganza o castigo ya que un inferior nunca puede castigar a un superior.Sobre la PRIMERA LIMITACIÓN, Locke, responde diciendo que resulta muy difícil entender como alguien puede ofrecer resistencia a la fuerza sin poder devolver el golpe, o lo que es lo mismo cómo puede golpearse a alguien con reverencia. Quien se opone a un asalto armado solamente empleando un escudo para parar los golpes o, sin una espada en la mano, mostrando signos de reverencia ante el agresor, con el objeto de desmoralizarlo, pronto comprobará como su resistencia desaparece de un plumazo para siempre. Locke afirma que esta manera de resistir - defendida por Barclay - es tan ridícula como aquella manera de luchar de la que habla Juvenal: ¿Acaso podemos llamar lucha a un encuentro en el que tú das los golpes y yo me limito a recibirlos? [ubi tu pulsar, ego vapulo tantum ] . Es evidente que el resultado de tal combate sería el mismo que Juvenal describe: Esta es la libertad que consigue el pobre: habiendo sido golpeado, ruega; y cuando se le lacera a puñetazos, adora, para que así se le permita volver a casa con algún diente. Locke afirma que tal será el desenlace en tal tipo de resistencia reverencial. Por lo tanto, señal, a quien se le permita resistir, también se le debe permitir el poder golpear. Una vez sentado esto que uno propine el estacazo con el tipo de reverencia que desee.En cuando a la SEGUNDA LIMITACIÓN, es decir, el que un inferior no puede golpear a un superior, Locke, señala que esto es únicamente verdad cuando el superior siga siendo tal. Pero cuando éste ha dejado de serlo por haber declarado la guerra al pueblo, entonces las dos partes ( inferior-superior ) se igualan en el conflicto cancelando, con ello, toda previa relación de reverencia, respeto y superioridad.
A continuación, Locke, decide analizar la pregunta que muchos planteaban en su época acerca de quien podría se el JUEZ de un Príncipe. Locke responde sin paliativos: el juez habrá de ser el pueblo. Y si los que plantean esa pregunta lo que están realmente señalando es que - al cuestionarse el poder real o el legislativo - ya nadie podría arrogarse el poder de juzgar, Locke, responde señalando que aunque es verdad que Dios sería realmente el único juez, lo cierto es que cada hombre, dentro de sí mismo, puede apelar a los cielos, como había hecho Jefté, e iniciar la rebelión que su conciencia le dicte.
Locke finaliza este capítulo - sobre la Disolución del Gobierno - CONCLUYENDO lo siguiente: A) El poder que cada individuo dio a la sociedad no puede revertir de nuevo hacia él mientras tal sociedad funcione como tal, ya que, en este caso, el poder está en manos de la comunidad. B) Cuando la sociedad ha depositado el poder legislativo en una asamblea de hombres, tal poder tampoco puede revertir al pueblo mientras tal gobierno funcione. D) Si el pueblo ha establecido un duración en el tiempo para la legislatura - ya sea ésta una persona o una asamblea -, entonces el poder revierte al pueblo al finalizar el período de mandato. En este caso, el pueblo tiene derecho a elegir una nueva forma de gobierno. E) Cuando el poder legislativo o el ejecutivo cometen abusos y arbitrariedades, entonces el poder revierte de nuevo en el pueblo que tendrá derecho a ofrecer una resistencia activa y elegir una nueva forma de gobierno.

17.- ¿Cómo responde Locke a los que dicen que su doctrina fomenta rebeliones y guerras civiles?
18.- ¿Con qué argumento defiende Locke su teoría del derecho del pueblo a la rebelión armada?
19.- ¿Con qué argumentos rechaza Locke la “resistencia respetuosa” y pasiva?
20.- ¿Qué da al pueblo el derecho a una resistencia activa?

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